jueves, 10 de diciembre de 2009

Ingeniería Constitucional: Más allá de los esquemas tradicionales.

El Contexto

La Constitución Política del Estado reviste una gran importancia dentro de la organización estatal de todo país, pero esa importancia trasciende hacia la vida de los ciudadanos en general. En pocas palabras se puede decir que es mediante la Constitución que se proporcionan los lineamientos básicos para estructurar un Estado, delimitar sus funciones y competencias, pero además de ello es mediante ella que se materializa y viabiliza el cumplimiento de derechos, pero no solo eso, también ella permite que el Estado nos exija cumplir ciertos deberes u obligaciones con él.
Para decirlo facilito, la Constitución es aquel instrumento que fija las reglas del juego para los habitantes de un Estado y sus instituciones, este hecho hace que haya ganado el denominativo de ser la ley de leyes. En este contexto Kelsen nos diría que es –la Constitución. La fuente de todo el ordenamiento jurídico, es decir que a partir de esas reglas del juego emergen el resto de las leyes y demás normas jurídicas (decretos, ordenanzas, etc)
Las Ciencias Jurídicas, han sido las encargadas de proporcionar los insumos teóricos que permiten el diseño de un marco constitucional. Sin embargo habrá que señalar que en muchos casos, como en muchas ciencias, se ha hecho un desarrollo teórico impresionante, pero se ha dejado de lado el verdadero sentido social que reviste. En última instancia, esta ley de leyes, es para los ciudadanos y no un objeto para demostrar la erudición de los abogados en redacciones difíciles de entender o en gruesos compendios que solamente conocen sus redactores.
En este contexto, se hace necesario pensar en algunas herramientas que permitan, por una parte al abogado salir de los esquemas teóricos habituales y por otra permitir al ciudadano de a pie que se integre al proceso de construcción o reforma constitucional, ya que en última instancia es mediante este instrumento que se regula la vida de este último.

La Ingeniería Constitucional

Consideró que la Ingeniería Constitucional se convierte en una de esas herramientas que permiten lograr la añoranza expresada en el anterior párrafo, Pero ¿Cómo de entenderse a esta herramienta?.

Algunos Datos Sobre El Origen.

Galeotti señala que el origen de esta figura se encuentra en Norteamérica, sin embargo la preocupación y desarrollo de manera consistente viene a partir de la doctrina italiana.
La escuela de derecho público italiana se estableció siguiendo el método técnico jurídico, donde se produjo una apertura para introducir elementos de análisis como el institucionismo, este hecho permitió que el área política introduzca sus puntos de vista dentro del análisis jurídico, en otras palabras, se permitió un enfoque sociopolítico dentro de la rígida ciencia jurídica.. De esta forma muchos constitucionalistas italianos partieron del estudio de la institución entendiendo a esta como ente o cuerpo social; por otra parte la Constitución fue asumida como el resultado de las pugnas entre fuerzas políticas.
Sin embargo hay que señalar que el ingreso de un enfoque sociopolítico no fue del nada fácil al comienzo, pero los constitucionalistas interesados en este enfoque lograron hacerlo paulatinamente, ello dio pie a la ingeniería constitucional.

Alcance y Significado de la Ingeniería Constitucional.

El ingreso de una perspectiva sociopolítica permitió ampliar el entendimiento de lo que es una Constitución. Se pasa de una noción estática a una dinámica, es decir, la Constitución no es solamente la cabeza del ordenamiento jurídico, sino que esta es el producto de la constante dinámica producida entre las fuerzas políticas que se desarrollan dentro de un ámbito territorial, pero esta dinámica no queda solamente en esto sino que abarca otros planos sociales y sociales de las personas, se podría decir que existe un producto consecuencia de tensiones políticas y necesidades de la sociedad. Es fácil entender que el ámbito jurídico queda rebasado con todos esos elementos.

Lo primero que destaca de los alcances de la ingeniería constitucional es que esta trasciende el ámbito teórico jurídico, en primer lugar a otros ámbitos igual de técnicos, pero este hecho exige pensar en que el diseño constitucional no es de exclusividad ee los juristas, en todo caso es necesario pensar en cuerpos multidisciplinarios para poder entender la dinámica que se ha planteado. Por otro lado se presenta una reflexión sobre la necesidad de la participación del ciudadano que carece de los conocimientos mencionados, ello con el fin de que este manifieste sus necesidades, anhelos, sueños, frustraciones, mismas que pueden repercutir en el diseño institucional del Estado, partiendo de una noción de que el Estado tiene un fin social.

Sin embargo, una objeción de esta propuesta sería que el ciudadano de a pie, por carecer de conocimientos técnicos pedirá cosas irracionales, pero habrá que pensar que por otra parte no siempre los profesionales conocen las necesidades de los primero. Lo que se debe plantear como un reto es tratar de conciliar ambos enfoque, ello podría dar mejor legitimidad a una Constitución porque podría producir un empoderamiento ciudadano.

La ingeniería constitucional, establece un reto a la imaginación, una puerta de apertura a paradigmas tradicionales, pero por otra parte abre una puerta que si no es asumida en su integridad puede desembocar en conflictos, quizás conflictos como los que hoy viven muchos Estados en Latinoamérica. Desde una mirada política se plantea un desafío a construir hegemonía, a construir discursos de poder dirá Foucualt. En última instancia se abre un pórtico a la creatividad, a establecer un arte de equilibrios, a generar equilibrios y coherencias de ordenamiento con las exigencias de los distintos niveles territoriales de un Estado,desde mi punto de vista con el único fin de llegar al bien común.

En todo caso lo que se pretende acá con este artículo, que es una síntesis y reflexión de los textos que se citan en la referencia bibliográfica, es llamar a la reflexión a aquellos que conocen de la ingeniería constitucional, y motivar a expandirse sus conocimientos a aquellos que no la conocen. El punto es que dejemos de lado aquellos paradigmas tradicionales de ver a la Constitución como un constructo exclusivo para los doctorcitos y que existen mecanismos que amplían un estudio y diseño de la Carta Magna que en última instancia es aquel documento que nos guste o no nos guste rige nuestros derechos y obligaciones y el Estado que tenemos.

Referencia Bibliográfica.

Lucas Verdú, Pablo. (1995). “La ingeniería constitucional como sector experimental de la política constitucional”. En Blancas Bustamantre, Carlos; Landa Arroyo, Cesar, Rubio Correa, Marcial. Derecho Constitucional General. 4ta edición. Tomo II Pág. 199 - 213. Lima – Perú. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Kelsen, Hans. (1987). Teoría Pura del Derecho. Lima – Perú. Editorial “JHACHU”.

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