viernes, 18 de septiembre de 2015

Y al final ¿para qué sirve el Estatuto Autonómico Departamental?

Elaborado por: Miguel Angel Foronda Calle[1]

Con la aprobación de la Constitución Política del Estado, allá por 2009, Bolivia adopta un régimen autonómico. En este marco es que se ha iniciado un proceso de construcción del Estado desde lo regional, desde lo local, desde lo departamental. La consulta programada para  aprobación o rechazo del Proyecto Estatuto Autonómico Departamental elaborado por la anterior Asamblea Legislativa Departamental  constituye un hito fundamental en este proceso de construcción estatal.
Pero ¿Qué es un Estatuto Autonómico Departamental? Desde una perspectiva netamente jurídica se puede decir que es una norma subordinada a la Constitución Política del Estado y que es aplicable preeminentemente frente a otras normas regionales como son leyes y decretos departamentales. Acá es importante aclarar que no se trata de una “pequeña Constitución” ya que esta figura de “Constituciones Territoriales” sería aplicable a Estados Federales y ese no es nuestro caso. 
Respecto a la elaboración del Proyecto de Estatuto Autonómico la Constitución establece que el encargado de ello es la Asamblea Legislativa Departamental y que este proceso debía caracterizarse por ser “de manera participativa”. En este marco es que a partir delaño 2010, pero con mayor fuerza en 2012 y 2013, la Asamblea Departamental, a la cabeza de la Comisión de Autonomías, inició un proceso de construcción colectiva generando espacios deliberativos en diferentes niveles. Acá cabrá preguntarnos: ¿usted ciudadano, se involucró cuando tuvo la oportunidad de hacerlo? o ¿reaccionó indiferentemente y recién hoy entra en cuenta de la existencia de un proyecto estatutario? Pero la cuestionante de desconocimiento también deberá llevarnos a preguntar a nuestros ex asambleístas: ¿se priorizaron y difundieron adecuadamente los espacios de construcción colectiva del Estatuto?, ¿hubieron impedimentos que atentaron contra la participación ciudadana?
Pero, más allá de las disquisiciones jurídicas podemos decir que el Estatuto Autonómico Departamental deberá reflejar el “ajayu” (espíritu, alma) del departamento. Es decir, documento en mano, usted deberá preguntarse ¿me siento identificado con esto?, ¿refleja la realidad orureña?, ¿diseña un modelo institucional acorde a nuestras necesidades?, ¿se enfatizan nuestras potencialidades económico productivas? Al final la autonomía es territorializar al Estado, es acercarlo al ciudadano. En suma, el Estatuto, a lo largo de sus artículos, debería reflejar la orureñidad existente a través de las instituciones que reconoce, los lineamientos de política pública establecidos, identificación de vocación económica productiva, y no menos importante será la definición de la identidad del orureño. Este “ajayu”, esta esencia, debe contener un pacto territorial entre orureñas y orureños. 
Hoy usted tiene una gran responsabilidad: la de aprobar o rechazar este proyecto, en sus manos esta construir Estado tomando partido por el “sí” o por el “no”. Defina su vocación autonómica y no espere al día después cuando solo pueda quejarse. 




[1]Abogado de profesión especialista en Derecho Autonómico y Administración Pública.

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